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Dilema del tronco: accidente, imprudencia, homicidio o asesinato

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Dilema del tronco: accidente, imprudencia, homicidio o asesinato Empty Dilema del tronco: accidente, imprudencia, homicidio o asesinato

Mensaje  TicTac Mar 06 Mar 2012, 20:20

Un pequeño "dilema". Responded a estas preguntas poco a poco, sin pasar a la 2º sin dejar en vuestro comentario la respuesta a la 1º y así con las 4. Cada parte está separada por guiones, para que no haya confusiones. Sed buenos y no hagáis trampas Razz.

----------------------------------------------------------------

Imaginaos que yo tengo un almacén. Porque sí, decido atar un tronco con una cuerda, al techo, para que cuando alguien toque un botón, el tronco se precipite de lado a lado, destrozando todo a su paso. Me gusta ver cómo el tronco destroza todo a su paso, soy así.

Unos allanadores entran y meriendan tronco. Su última merienda.

¿Accidente, imprudencia, homicidio o asesinato?

----------------------------------------------------------------

Imaginaos que yo tengo un almacén. Como no me gusta que me hurguen en mi despacho, decido atar un tronco con una cuerda, al techo, para que cuando alguien abra la puerta sin tocar un par de botones especiales, el tronco se precipite sobre la puerta. También pongo un cartel de "NO ENTRAR BAJO NINGÚN CONCEPTO". El que avisa no es traidor.

Unos allanadores entran y cenan tronco. Su última cena.

¿Accidente, imprudencia, homicidio o asesinato?

----------------------------------------------------------------

Imaginaos que yo tengo un almacén. Como no paran de allanarlo, decido atar un tronco con una cuerda, al techo, para que cuando alguien abra la puerta sin tocar un par de botones especiales, el tronco se precipite sobre la puerta, dándoles un susto si no se apartan. Soy un salao y me va la acción.

Unos allanadores entran y desayunan tronco. Su último desayuno.

¿Accidente, imprudencia, homicidio o asesinato?

----------------------------------------------------------------

Imaginaos que yo tengo un almacén. Como estoy harto de que me roben, decido atar un tronco con una cuerda, al techo, y me quedo por la noche a vigilar, con una mano puesta sobre un botón para hacer tronco-agujeros en la puerta de mi almacén. Hacía falta ventilación de todas formas.

Unos allanadores entran y comen tronco. Su última comida.

¿Accidente, imprudencia, homicidio o asesinato?

----------------------------------------------------------------

Bueno, ¿cuáles son vuestras respuestas?

"Allanadores" era originalmente "ladrones", pero lo cambie porque era demasiado específico, y esto debería cubrir a cualquier tipo de persona sin importar sus intenciones, aunque si tenéis dudas, cambiadlo por ladrones sin pensároslo dos veces.

El dilema se reduce a una cosa muy simple: la autodefensa ante un allanamiento de morada. Seguro que recordáis casos en los que el dueño de turno se encuentra ladrones en casa y les pega dos tiros, y pasa unas vacaciones en la cárcel por defender su hogar.
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Mensaje  Pako Mar 06 Mar 2012, 20:35

homicidio en todos los casos excepto el último que es asesinato.
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Mensaje  sarrria Mar 06 Mar 2012, 20:43

Imprudencia, imprudencia, homicidio, asesinato.
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Mensaje  Antístenes Mar 06 Mar 2012, 21:26

Lo que hago todos los días en mi habitación.
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Mensaje  Alejandro Villuela Mar 06 Mar 2012, 23:44

En los 3 primeros casos es imprudencia de los allanadores, siempre que la puerta estuviera bien cerrada y hayan tenido que forzarla para entrar. En el cuarto caso se puede hablar de homicidio, salvo que estuviera premeditado, en cuyo caso sería asesinato.

Que conste que yo creo que si estas en tu casa y entran unos allanadores deberias tener derecho a dispararles, como en USA.

EStoy recordado un caso en España de unos adolescentes que se cargaron unas rejas y se colaron en una obra abandonada, donde murieron por estar el interior mal vallado y caer a alguna zanja. Para mi eso es culpa de los allanadores y no cabe pedir indemnizacion, si acaso a los muertos habria que cobrarles el coste de sacar sus cuerpor de allí.
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Mensaje  sarrria Mar 06 Mar 2012, 23:52

Alejandro Villuela escribió:En los 3 primeros casos es imprudencia de los allanadores, siempre que la puerta estuviera bien cerrada y hayan tenido que forzarla para entrar. En el cuarto caso se puede hablar de homicidio, salvo que estuviera premeditado, en cuyo caso sería asesinato.

Que conste que yo creo que si estas en tu casa y entran unos allanadores deberias tener derecho a dispararles, como en USA.

EStoy recordado un caso en España de unos adolescentes que se cargaron unas rejas y se colaron en una obra abandonada, donde murieron por estar el interior mal vallado y caer a alguna zanja. Para mi eso es culpa de los allanadores y no cabe pedir indemnizacion, si acaso a los muertos habria que cobrarles el coste de sacar sus cuerpor de allí.

Bueno, parece que hemos coincidido en el análisis, y también coincido contigo en que debería poder disparar a quien invade tu propiedad privada. Es lamentable, que incluso contrates a un vigilante privado, que haga bien su trabajo y que le condenen por ello. Aquí un ejemplo

http://www.diarioinformacion.com/alicante/2011/03/05/condenado-6-anos-carcel-vigilantes-acusados-matar-ladron/1101704.html
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Mensaje  sarrria Mar 06 Mar 2012, 23:54

Y aquí otro ejemplo. Repele una agresión de una peligrosa y sanguinaria banda internacional de ladrones, jugándose la vida. En vez de condecorarle, le ponen una multa.
http://www.elimparcial.es/sociedad/el-yerno-de-los-tous-condenado-a-pagar-310000-euros-a-la-familia-del-ladron-fallecido-86918.html
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Mensaje  TicTac Sáb 10 Mar 2012, 14:57

Igual formulé alguna cosa mal, aunque es difícil encontrar el contexto bien porque chirría por todas partes Razz.

El 4º punto igual debería haber dicho "como oigo que vienen, pongo una trampa", pero no sé.

Pako escribió:homicidio en todos los casos excepto el último que es asesinato.

Razonamiento vendría bien, me cuesta creer que los 3 primeros sean homicidio Shocked.

sarrria escribió:Imprudencia, imprudencia, homicidio, asesinato.

Lo mismo que antes, no veo cómo el 3º es homicidio. Es como si cavas una zanja en tu parcela, y alguien se cuela, se cae y se mata.

Alejandro Villuela escribió:En los 3 primeros casos es imprudencia de los allanadores, siempre que la puerta estuviera bien cerrada y hayan tenido que forzarla para entrar. En el cuarto caso se puede hablar de homicidio, salvo que estuviera premeditado, en cuyo caso sería asesinato.

Que conste que yo creo que si estas en tu casa y entran unos allanadores deberias tener derecho a dispararles, como en USA.

EStoy recordado un caso en España de unos adolescentes que se cargaron unas rejas y se colaron en una obra abandonada, donde murieron por estar el interior mal vallado y caer a alguna zanja. Para mi eso es culpa de los allanadores y no cabe pedir indemnizacion, si acaso a los muertos habria que cobrarles el coste de sacar sus cuerpor de allí.

Mi forma de verlo ^^.
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Mensaje  Araxe Dom 11 Mar 2012, 18:51

Accidente

Imprudencia

Imprudencia

Homicidio

He puesto el último homicidio porque considero que si estás viendo que te roban pero estás en un lugar a salvo en el que tu vida no corre peligro, te queda la opción de llamar a la policía, que es una opción que en la situación planteada no se utiliza. No he puesto asesinato porque no está claro que el dueño del almacén supiese con toda seguridad que el tirar el tronco iba a resultar en muerte.
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Mensaje  Vindicta Dom 11 Mar 2012, 19:07

Una pregunta:

¿Es cierto eso de que en EEUU puedes disparar a quien sea que se haya colado en tu casa?

A mi es que me parece una leyenda urbana pero llevo un tiempo fijándome y estoy detectando señales de que es cierto.
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Mensaje  sarrria Dom 11 Mar 2012, 19:19

Vindicta escribió:Una pregunta:

¿Es cierto eso de que en EEUU puedes disparar a quien sea que se haya colado en tu casa?

A mi es que me parece una leyenda urbana pero llevo un tiempo fijándome y estoy detectando señales de que es cierto.
Sí que es cierto aunque la letra pequeña depende de cada estado


Última edición por sarrria el Dom 11 Mar 2012, 23:28, editado 1 vez
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Mensaje  Ferrim Dom 11 Mar 2012, 23:24

1ª pregunta: jurídicamente hablando, accidente. Como mucho podría imputarse homicidio imprudente si quien colocó el tronco colgando del techo podría o debería haber previsto que unos allanadores entrasen en el almacén, lo cual no me convence mucho. Sería distinto si en el almacén hubieran entrado unos trabajadores de la empresa (estoy asumiendo que tienes una empresa, cosa que no dices). Así que, en resumen, lo dejamos en accidente.

2ª pregunta: aquí ya hay voluntariedad de que el tronco haga daño a una tercera persona. Deberías prever que el tronco pueda causar la muerte de una persona, así que homicidio imprudente.

3ª pregunta: homicidio. No tengo claro por el contexto si declararlo imprudente o no.

4ª pregunta: no queda claro si ves venir a los ladrones y entonces les tiras el tronco encima. En tal caso, asesinato, porque hay alevosía (te aseguras cargarte a los asaltantes y encima lo haces sin riesgo para ti mismo).


La cuestión es que en nuestro ordenamiento jurídico tú no tienes derecho a poner trampas mortales para evitar que asalten tu casa, ya que el bien jurídico que pretendes proteger (la inviolabilidad de tu domicilio) es inferior al que pones en peligro con esa acción (la vida humana independiente). Por eso te excluyo del homicidio el primero, porque asumo que no hay dolo o voluntad de causar daño, pero quizá te costaría defenderlo ante un tribunal.

Del mismo modo, coger un bate de béisbol para arremeter contra un asaltante podría considerarse legítima defensa (si te dedicas a darle de leches en la cabeza hasta dejarlo inconsciente, no), pero pegarle dos tiros no lo sería, porque pones en peligro su vida. Otra cosa es que el asaltante venga armado y se dirija hacia ti disparándote con intenciones de matarte, entonces sí estaría justificado que le hicieras deponer su actitud a tiros.

Evidentemente, aquí la ley peca de presumir que el propietario de la casa es un ser omnisciente capaz de reaccionar con la suficiente frialdad cuando se encuentra con un asaltante de forma sorpresiva en su domicilio. Es más, le impone la obligación de reaccionar de dicha manera.

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Mensaje  Araxe Dom 11 Mar 2012, 23:32

Ferrim escribió: Evidentemente, aquí la ley peca de presumir que el propietario de la casa es un ser omnisciente capaz de reaccionar con la suficiente frialdad cuando se encuentra con un asaltante de forma sorpresiva en su domicilio. Es más, le impone la obligación de reaccionar de dicha manera.

Es que es eso. Si entran en mi casa yo me muero de miedo, y si tengo un arma de fuego la voy a usar, creo que no me pararía a pensar si la otra persona lleva arma de fuego o no.

Además, lo de atacar a alguien "con sus mismas armas" no lo veo claro. Si me atacan con un bate de béisbol y tengo una pistola, ¿no puedo usar la pistola? ¿Tengo que buscar un bate de béisbol con el que defenderme? ¿Y por qué tenemos que luchar en igualdad de condiciones, con un bate de béisbol, y no puedo usar la superioridad que me da la pistola? Al fin y al cabo me están atacando y lo natural ante un ataque es intentar salir lo mejor parado posible, y si tienes superioridad de algún modo, lo natural es usarla.
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Mensaje  TicTac Dom 11 Mar 2012, 23:36

La 4º parte la he formulado mal, o si preferís, añado una parte extra, la 3.5, entre la 3 y la 4:

>>Oyes a alguien forzar la cerradura, y pones una trampa. Alguien allana y es afectado por la trampa.<<

¿Cómo clasificaríais este caso?

Ferrim escribió:1ª pregunta: jurídicamente hablando, accidente. Como mucho podría imputarse homicidio imprudente si quien colocó el tronco colgando del techo podría o debería haber previsto que unos allanadores entrasen en el almacén, lo cual no me convence mucho. Sería distinto si en el almacén hubieran entrado unos trabajadores de la empresa (estoy asumiendo que tienes una empresa, cosa que no dices). Así que, en resumen, lo dejamos en accidente.

2ª pregunta: aquí ya hay voluntariedad de que el tronco haga daño a una tercera persona. Deberías prever que el tronco pueda causar la muerte de una persona, así que homicidio imprudente.

3ª pregunta: homicidio. No tengo claro por el contexto si declararlo imprudente o no.

4ª pregunta: no queda claro si ves venir a los ladrones y entonces les tiras el tronco encima. En tal caso, asesinato, porque hay alevosía (te aseguras cargarte a los asaltantes y encima lo haces sin riesgo para ti mismo).


La cuestión es que en nuestro ordenamiento jurídico tú no tienes derecho a poner trampas mortales para evitar que asalten tu casa, ya que el bien jurídico que pretendes proteger (la inviolabilidad de tu domicilio) es inferior al que pones en peligro con esa acción (la vida humana independiente). Por eso te excluyo del homicidio el primero, porque asumo que no hay dolo o voluntad de causar daño, pero quizá te costaría defenderlo ante un tribunal.

Del mismo modo, coger un bate de béisbol para arremeter contra un asaltante podría considerarse legítima defensa (si te dedicas a darle de leches en la cabeza hasta dejarlo inconsciente, no), pero pegarle dos tiros no lo sería, porque pones en peligro su vida. Otra cosa es que el asaltante venga armado y se dirija hacia ti disparándote con intenciones de matarte, entonces sí estaría justificado que le hicieras deponer su actitud a tiros.

Evidentemente, aquí la ley peca de presumir que el propietario de la casa es un ser omnisciente capaz de reaccionar con la suficiente frialdad cuando se encuentra con un asaltante de forma sorpresiva en su domicilio. Es más, le impone la obligación de reaccionar de dicha manera.

El dilema principal es: ¿no puedo hacer lo que me de la gana en mi local? si me da por poner minas, porque me apetece, ¿no puedo? ¿no debería nadie meterse en mis asuntos y en lo que hago en mi local? ¿por qué tengo que prever posibles allanamientos? ¿porque tengo siquiera que poner un cartel de peligro detallando la amenaza? ¿no debería bastar con "peligro de muerte, no entrar"?

Me parece increíble lo cruel que es nuestra justicia con cómo la gente trata sus inmuebles, y lo pasiva que es con cómo la gente trata los inmuebles de otros (allanamientos, okupas, robos, forzados de cerradura...).
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Mensaje  Ferrim Lun 12 Mar 2012, 00:03

Araxe escribió:
Ferrim escribió: Evidentemente, aquí la ley peca de presumir que el propietario de la casa es un ser omnisciente capaz de reaccionar con la suficiente frialdad cuando se encuentra con un asaltante de forma sorpresiva en su domicilio. Es más, le impone la obligación de reaccionar de dicha manera.

Es que es eso. Si entran en mi casa yo me muero de miedo, y si tengo un arma de fuego la voy a usar, creo que no me pararía a pensar si la otra persona lleva arma de fuego o no.

Además, lo de atacar a alguien "con sus mismas armas" no lo veo claro. Si me atacan con un bate de béisbol y tengo una pistola, ¿no puedo usar la pistola? ¿Tengo que buscar un bate de béisbol con el que defenderme? ¿Y por qué tenemos que luchar en igualdad de condiciones, con un bate de béisbol, y no puedo usar la superioridad que me da la pistola? Al fin y al cabo me están atacando y lo natural ante un ataque es intentar salir lo mejor parado posible, y si tienes superioridad de algún modo, lo natural es usarla.

Lo de la igualdad es relativo. Podrías usar la pistola, pero dispararle a los pies, no al pecho.

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Mensaje  Alejandro Villuela Lun 12 Mar 2012, 01:05

Araxe escribió:
Ferrim escribió: Evidentemente, aquí la ley peca de presumir que el propietario de la casa es un ser omnisciente capaz de reaccionar con la suficiente frialdad cuando se encuentra con un asaltante de forma sorpresiva en su domicilio. Es más, le impone la obligación de reaccionar de dicha manera.

Es que es eso. Si entran en mi casa yo me muero de miedo, y si tengo un arma de fuego la voy a usar, creo que no me pararía a pensar si la otra persona lleva arma de fuego o no.

Además, lo de atacar a alguien "con sus mismas armas" no lo veo claro. Si me atacan con un bate de béisbol y tengo una pistola, ¿no puedo usar la pistola? ¿Tengo que buscar un bate de béisbol con el que defenderme? ¿Y por qué tenemos que luchar en igualdad de condiciones, con un bate de béisbol, y no puedo usar la superioridad que me da la pistola? Al fin y al cabo me están atacando y lo natural ante un ataque es intentar salir lo mejor parado posible, y si tienes superioridad de algún modo, lo natural es usarla.

+1

Es más, ¿que pasa si te atacan con un pez espada disecado? ¿tienes que tener algo asi en tu casa para poder defenderte?

Yo veo muy justificado que si se cuelan en tu casa les pegues un tiro. Salvo que ya los hubieras desarmado y atado y fuera a sangre fria.
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Mensaje  Alejandro Villuela Lun 12 Mar 2012, 01:07

TicTac escribió:La 4º parte la he formulado mal, o si preferís, añado una parte extra, la 3.5, entre la 3 y la 4:

>>Oyes a alguien forzar la cerradura, y pones una trampa. Alguien allana y es afectado por la trampa.<<

¿Cómo clasificaríais este caso?

Ferrim escribió:1ª pregunta: jurídicamente hablando, accidente. Como mucho podría imputarse homicidio imprudente si quien colocó el tronco colgando del techo podría o debería haber previsto que unos allanadores entrasen en el almacén, lo cual no me convence mucho. Sería distinto si en el almacén hubieran entrado unos trabajadores de la empresa (estoy asumiendo que tienes una empresa, cosa que no dices). Así que, en resumen, lo dejamos en accidente.

2ª pregunta: aquí ya hay voluntariedad de que el tronco haga daño a una tercera persona. Deberías prever que el tronco pueda causar la muerte de una persona, así que homicidio imprudente.

3ª pregunta: homicidio. No tengo claro por el contexto si declararlo imprudente o no.

4ª pregunta: no queda claro si ves venir a los ladrones y entonces les tiras el tronco encima. En tal caso, asesinato, porque hay alevosía (te aseguras cargarte a los asaltantes y encima lo haces sin riesgo para ti mismo).


La cuestión es que en nuestro ordenamiento jurídico tú no tienes derecho a poner trampas mortales para evitar que asalten tu casa, ya que el bien jurídico que pretendes proteger (la inviolabilidad de tu domicilio) es inferior al que pones en peligro con esa acción (la vida humana independiente). Por eso te excluyo del homicidio el primero, porque asumo que no hay dolo o voluntad de causar daño, pero quizá te costaría defenderlo ante un tribunal.

Del mismo modo, coger un bate de béisbol para arremeter contra un asaltante podría considerarse legítima defensa (si te dedicas a darle de leches en la cabeza hasta dejarlo inconsciente, no), pero pegarle dos tiros no lo sería, porque pones en peligro su vida. Otra cosa es que el asaltante venga armado y se dirija hacia ti disparándote con intenciones de matarte, entonces sí estaría justificado que le hicieras deponer su actitud a tiros.

Evidentemente, aquí la ley peca de presumir que el propietario de la casa es un ser omnisciente capaz de reaccionar con la suficiente frialdad cuando se encuentra con un asaltante de forma sorpresiva en su domicilio. Es más, le impone la obligación de reaccionar de dicha manera.

El dilema principal es: ¿no puedo hacer lo que me de la gana en mi local? si me da por poner minas, porque me apetece, ¿no puedo? ¿no debería nadie meterse en mis asuntos y en lo que hago en mi local? ¿por qué tengo que prever posibles allanamientos? ¿porque tengo siquiera que poner un cartel de peligro detallando la amenaza? ¿no debería bastar con "peligro de muerte, no entrar"?

Me parece increíble lo cruel que es nuestra justicia con cómo la gente trata sus inmuebles, y lo pasiva que es con cómo la gente trata los inmuebles de otros (allanamientos, okupas, robos, forzados de cerradura...).

+ un millon. Si han forzado la cerradura, el dueño n odebe hacerse responsable de lo peligrosa que sea la casa. ¿Acaso si yo tengo una casa de los horrores tengo que ser responsable de que se intente robarle los colmillos a drácula y limarle las uñas a Fredi Cruger?
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