La Ley de Igualdad de trato y los blogs (y foros)
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La Ley de Igualdad de trato y los blogs (y foros)
Leo por internet esto
http://www.outono.net/elentir/2011/05/29/asi-afectara-a-los-blogs-la-ley-mordaza-que-prepara-leire-pajin/
¿Que opinais los foreros?¿Es catastrofista el articulo? ¿ Es realista?. Francamente, por lo que he leido por ahí, esta Ley me da mucho yuyu, ( sobre todo proponiendola quien la propone),pero me gustaría conocer vuestra opinión.
http://www.outono.net/elentir/2011/05/29/asi-afectara-a-los-blogs-la-ley-mordaza-que-prepara-leire-pajin/
¿Que opinais los foreros?¿Es catastrofista el articulo? ¿ Es realista?. Francamente, por lo que he leido por ahí, esta Ley me da mucho yuyu, ( sobre todo proponiendola quien la propone),pero me gustaría conocer vuestra opinión.
binabik- Cantidad de envíos : 1138
Fecha de inscripción : 10/01/2009
Edad : 64
Localización : Gijón(Asturias)
Re: La Ley de Igualdad de trato y los blogs (y foros)
Yo mas bien creo que es como la noticia que ya salio de esta mujer, que resulto no ser verdad, la de multar por llamar tonto a alguien, pero vamos que si fuera verdad...donde queda la libertad de expresion en este pais?? Realmente vivimos en una democracia o en una semi-dictadura?? Alguien en su sano juicio votara para aceptar esta ley??
Mi opinion, es un troll de derechas para desprestigiar mas a esta mujer, cosa que se ha ganado a pulso porque mas estúpida no se puede ser
Mi opinion, es un troll de derechas para desprestigiar mas a esta mujer, cosa que se ha ganado a pulso porque mas estúpida no se puede ser
Re: La Ley de Igualdad de trato y los blogs (y foros)
Pues sinceramente, a mí me parece que crea una una inseguridad increible a empresas, y a particulares que se deciquen a cualquier actividad relacionada con el público, y no me cosidero un troll de derechas, pero cosas como:
1. Esta Ley se aplicará en todos los ámbitos de la vida política, económica, cultural y social, especialmente, en las siguientes esferas:
a) Empleo y trabajo por cuenta ajena y por cuenta propia, que comprende el
acceso, las condiciones de trabajo, incluidas las retributivas y las de despido,
la promoción profesional y la formación para el empleo
b) Acceso, promoción, condiciones de trabajo y formación en el empleo público
c) Afiliación y participación en organizaciones políticas,
empresariales, profesionales y de interés social o económico.
sindicales,
d) Educación
e) Sanidad
f) Prestaciones y servicios sociales
g) Acceso, oferta y suministro de bienes y servicios a disposición del público,
incluida la vivienda.
me preocupan, Y cosas como
Artículo 28. Reglas relativas a la carga de la prueba
1. De acuerdo con lo previsto en las leyes procesales y reguladoras de los
procedimientos administrativos, cuando la parte actora o el interesado alegue
discriminación y aporte un principio de prueba sobre su existencia, corresponderá a
la parte demandada o a quien se impute la situación discriminatoria la aportación de
una justificación objetiva y razonable, suficientemente acreditada, de las medidas
adoptadas y de su proporcionalidad.
2. A los efectos de lo dispuesto en el párrafo primero, el órgano judicial o
administrativo, de oficio o a instancia de parte, podrá recabar informe de los
organismos públicos competentes en materia de igualdad.
3. Lo establecido en el apartado primero no será de aplicación a los procesos
penales ni a los procedimientos administrativos sancionadores.
me mosquean,en especial cuando leo:
Artículo 44. Sanciones
1. Las infracciones establecidas en la presente Ley serán sancionadas con multas
que irán desde un mínimo de 150 euros hasta un máximo de 500.000 euros, de
acuerdo con la siguiente graduación.
a) Infracciones leves entre 150 y 10.000 euros
b) Infracciones graves entre 10.001 y 60.000 euros.
c) Infracciones muy graves entre 60.001 y 500.000 euros.
y sin embargo no leo nada relativo a sanciones por denuncias sin fundamento.
Y aparte de ver unas injerencias en el terreno personal, que me repelen (cosas como sancionar un criterio)
Artículo 4. El derecho a la igualdad de trato y no discriminación
1. El derecho protegido por la presente ley implica la ausencia de toda
discriminación por razón de las causas previstas en el apartado primero del artículo
dos.
En consecuencia, queda prohibida toda conducta, acto, criterio o práctica que atente
contra el mismo.
O como tener que justificar tu inocencia ante cualquier acusación. ¿ No es un principio legal que la carga de la prueba cae sobre el acusador?. En fín que esta ley ( al menos tal y como está redactada) me parece un verdadero despropósito.
1. Esta Ley se aplicará en todos los ámbitos de la vida política, económica, cultural y social, especialmente, en las siguientes esferas:
a) Empleo y trabajo por cuenta ajena y por cuenta propia, que comprende el
acceso, las condiciones de trabajo, incluidas las retributivas y las de despido,
la promoción profesional y la formación para el empleo
b) Acceso, promoción, condiciones de trabajo y formación en el empleo público
c) Afiliación y participación en organizaciones políticas,
empresariales, profesionales y de interés social o económico.
sindicales,
d) Educación
e) Sanidad
f) Prestaciones y servicios sociales
g) Acceso, oferta y suministro de bienes y servicios a disposición del público,
incluida la vivienda.
me preocupan, Y cosas como
Artículo 28. Reglas relativas a la carga de la prueba
1. De acuerdo con lo previsto en las leyes procesales y reguladoras de los
procedimientos administrativos, cuando la parte actora o el interesado alegue
discriminación y aporte un principio de prueba sobre su existencia, corresponderá a
la parte demandada o a quien se impute la situación discriminatoria la aportación de
una justificación objetiva y razonable, suficientemente acreditada, de las medidas
adoptadas y de su proporcionalidad.
2. A los efectos de lo dispuesto en el párrafo primero, el órgano judicial o
administrativo, de oficio o a instancia de parte, podrá recabar informe de los
organismos públicos competentes en materia de igualdad.
3. Lo establecido en el apartado primero no será de aplicación a los procesos
penales ni a los procedimientos administrativos sancionadores.
me mosquean,en especial cuando leo:
Artículo 44. Sanciones
1. Las infracciones establecidas en la presente Ley serán sancionadas con multas
que irán desde un mínimo de 150 euros hasta un máximo de 500.000 euros, de
acuerdo con la siguiente graduación.
a) Infracciones leves entre 150 y 10.000 euros
b) Infracciones graves entre 10.001 y 60.000 euros.
c) Infracciones muy graves entre 60.001 y 500.000 euros.
y sin embargo no leo nada relativo a sanciones por denuncias sin fundamento.
Y aparte de ver unas injerencias en el terreno personal, que me repelen (cosas como sancionar un criterio)
Artículo 4. El derecho a la igualdad de trato y no discriminación
1. El derecho protegido por la presente ley implica la ausencia de toda
discriminación por razón de las causas previstas en el apartado primero del artículo
dos.
En consecuencia, queda prohibida toda conducta, acto, criterio o práctica que atente
contra el mismo.
O como tener que justificar tu inocencia ante cualquier acusación. ¿ No es un principio legal que la carga de la prueba cae sobre el acusador?. En fín que esta ley ( al menos tal y como está redactada) me parece un verdadero despropósito.
binabik- Cantidad de envíos : 1138
Fecha de inscripción : 10/01/2009
Edad : 64
Localización : Gijón(Asturias)
Re: La Ley de Igualdad de trato y los blogs (y foros)
Oye que yo a ti no te he llamado troll de derechas
Re: La Ley de Igualdad de trato y los blogs (y foros)
Hannuska escribió:Oye que yo a ti no te he llamado troll de derechas
Era ironia, mujer;no te enfades; mira para desagraviarte voy a ver si te consigo un par de votos (lo de la foto con la camiseta por supuesto no tiene nada que ver) xd.
binabik- Cantidad de envíos : 1138
Fecha de inscripción : 10/01/2009
Edad : 64
Localización : Gijón(Asturias)
Re: La Ley de Igualdad de trato y los blogs (y foros)
binabik escribió:Hannuska escribió:Oye que yo a ti no te he llamado troll de derechas
Era ironia, mujer;no te enfades; mira para desagraviarte voy a ver si te consigo un par de votos (lo de la foto con la camiseta por supuesto no tiene nada que ver) xd.
Enfadarme yo?? Que va, lo he dicho precisamente porque no queria que te enfadases tu!!!
jajajajaja muchas gracias!! Pasate por el post y animalo un poco, a ver si conseguimos algunos mas!! Deduzco que la camiseta no tiene que ver Lo de la camiseta es una manera de incentivar a la gente del foro!!!
del Ayuntamiento de Armilla
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EnviarLa vinculación del Ayuntamiento de Armilla con el Campus Deportivo Real Betis es muy importante. Además de la colaboración para el desarrollo de samarreta barça, por el que los armilleros participantes se han beneficiado de un 25% de descuento, el consistorio avaló recientemente el acuerdo de colaboración entre la entidad verdiblanca y el Arenas Cultura y Deportes de Armilla.
Por ello Cuadros destacó cómo camiseta seleccion española encantados de sumarnos a cualquier actividad que vincule el deporte con valores educativos», como es el caso de este Campus destinado a niños de entre 7 y 14 años, que finaliza el próximo sábado 6 de agosto. De la relación de Armilla con el Real Betis Balompié incidió en lo que supone que «un club como el Real Betis traiga en a este municipio su Campus, lo que indica el que estas instalaciones son de primer nivel». Cuadros estuvo acompañado en su visita por el Diputado Provincial de Deportes, Francisco Rodríguez Guerrero, acompañado por el coordinador general, Pablo De Stexhe Nestares, quien ratificó de esta forma del ente supramunicipal al Campus bético. Para el responsable del área deportiva de la Diputación suponecomprar camisetas españa que una instalación como esta haya sido la elegida para el desarrollo de este Campus. Estamos abiertos a colaborar en todas las iniciativas que se pongan en marcha para unir el deporte y la educación».
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Por ello Cuadros destacó cómo camiseta seleccion española encantados de sumarnos a cualquier actividad que vincule el deporte con valores educativos», como es el caso de este Campus destinado a niños de entre 7 y 14 años, que finaliza el próximo sábado 6 de agosto. De la relación de Armilla con el Real Betis Balompié incidió en lo que supone que «un club como el Real Betis traiga en a este municipio su Campus, lo que indica el que estas instalaciones son de primer nivel». Cuadros estuvo acompañado en su visita por el Diputado Provincial de Deportes, Francisco Rodríguez Guerrero, acompañado por el coordinador general, Pablo De Stexhe Nestares, quien ratificó de esta forma del ente supramunicipal al Campus bético. Para el responsable del área deportiva de la Diputación suponecomprar camisetas españa que una instalación como esta haya sido la elegida para el desarrollo de este Campus. Estamos abiertos a colaborar en todas las iniciativas que se pongan en marcha para unir el deporte y la educación».
thickly- Cantidad de envíos : 2
Fecha de inscripción : 04/08/2011
Re: La Ley de Igualdad de trato y los blogs (y foros)
Psé, si tu supieras. A estas alturas el principio de presunción de inocencia está ya taaaaaan pisoteado en contra del empresario. Por ejemplo, si un trabajador sufre una lesión, corresponde al empresario probar que no hubo culpa suya, o le toca pagar, lo cual desde el ámbito civil está bien, pero desde el administrativo y el penal es horrendo (y digo penal porque incluso, ser responsable de un delito contra la seguridad de los trabajadores, que conlleva que te cierren el negocio y prisión).
Lo más cachondo es que la ley establece un número de trabajadores a partir de los cuales, se puede delegar la seguridad del trabajo a una empresa especializada, que es quien sería responsable en dicho caso. Por supuesto, eso lo puede hacer BBVA, Sacyr Vallehermoso, e incluso empresas medias, pero el charcutero de la esquina es responsable, salvo que pruebe que fue absolutamente diligente al explicar qué hacer a su empleado, si este por ejemplo se corta un dedo o una mano. No sólo es responsable, sino que se le PROHIBE delegar su responsabilidad en una de estas empresas especializadas. Empresas, que por cierto, lo único que hacen es poner sellos por todas partes de las medidas de seguridad que hay en la explotación, riqueza no crean ninguna.
Y no hablo de la indemnización por los daños, que es lógico, porque ya que si obtienes la ganancia es normal que sufras el perjuicio, sino de la sanción administrativa y penal que se te pueda poner. Aquí en Jaén hubo un caso muy majete de un empresario agrícola al que le cargaban un delito de seguridad contra los trabajadores y homicidio imprudente porque al parecer había contratado a un chaval de 18 años para conducir un tractor Y alegaba el ministerio fiscal que no podía escudarse en que había sido lo suficientemente diligente al elegir al trabajador porque el chaval sólo llevaba un mes con el permiso de conducir tractores y no tenía práctica, con lo que tenía que haberle supervisado de forma continua. Como no lo hizo, y además no podía probar el agricultor este que había avisado de los peligros de la senda al chaval, y como este volcó y se mató, pues tenía un juicio penal por ello.
No sé que pasaría con aquel juicio al final, pero vamos, que te sienten al banquillo por confiar que si tienes un título oficial (como es un permiso de conducir) que acredita que sabes hacer algo suficientemente, es que sabes hacerlo; es para que se te quiten las ganas de contratar a nadie más en tu puta vida.
Lo más cachondo es que la ley establece un número de trabajadores a partir de los cuales, se puede delegar la seguridad del trabajo a una empresa especializada, que es quien sería responsable en dicho caso. Por supuesto, eso lo puede hacer BBVA, Sacyr Vallehermoso, e incluso empresas medias, pero el charcutero de la esquina es responsable, salvo que pruebe que fue absolutamente diligente al explicar qué hacer a su empleado, si este por ejemplo se corta un dedo o una mano. No sólo es responsable, sino que se le PROHIBE delegar su responsabilidad en una de estas empresas especializadas. Empresas, que por cierto, lo único que hacen es poner sellos por todas partes de las medidas de seguridad que hay en la explotación, riqueza no crean ninguna.
Y no hablo de la indemnización por los daños, que es lógico, porque ya que si obtienes la ganancia es normal que sufras el perjuicio, sino de la sanción administrativa y penal que se te pueda poner. Aquí en Jaén hubo un caso muy majete de un empresario agrícola al que le cargaban un delito de seguridad contra los trabajadores y homicidio imprudente porque al parecer había contratado a un chaval de 18 años para conducir un tractor Y alegaba el ministerio fiscal que no podía escudarse en que había sido lo suficientemente diligente al elegir al trabajador porque el chaval sólo llevaba un mes con el permiso de conducir tractores y no tenía práctica, con lo que tenía que haberle supervisado de forma continua. Como no lo hizo, y además no podía probar el agricultor este que había avisado de los peligros de la senda al chaval, y como este volcó y se mató, pues tenía un juicio penal por ello.
No sé que pasaría con aquel juicio al final, pero vamos, que te sienten al banquillo por confiar que si tienes un título oficial (como es un permiso de conducir) que acredita que sabes hacer algo suficientemente, es que sabes hacerlo; es para que se te quiten las ganas de contratar a nadie más en tu puta vida.
Xaviar- Cantidad de envíos : 6558
Fecha de inscripción : 21/12/2010
Localización : Jaén/ Madrid
Re: La Ley de Igualdad de trato y los blogs (y foros)
He estado mirando el enlace que has puesto, y realmente parece más exagerado que estúpido. Es decir, el criterio de "discriminación neutra" ese raro al que hace referencia, propiamente no se puede entender en un sentido tan extensivo, pero sí que es verdad que resulta preocupante. Por ejemplo, si tus comentaristas habituales se metiesen con alguien de forma discriminadora, y tú no lo impidieses, podrías caer en dicha sanción.
Lo que me deja más acojonado es que el gobierno este de mierda que tenemos parece creer que todos los españoles somos ricos o algo. Vamos, que mañana a uno por decirle a otro en su blog "cállate hippie de mierda" o por decirle "Vete a chuparle los huevos al Papa" te va a caer una multa de 5.000 euros... en fin. Al final, vamos a llegar al esperpento de que por opinar algo que pueda estar mal (pero simplemente opinar, sin hacer apología de violencia o terrorismo, vamos sin delinquir) te puedan meter una sanción más grande que por hurtar, por decir un delito menor cualquiera.
Es la penalización de lo público: Imponer una forma de pensar a base de sanciones. Vamos camino de ser la primera "democracia totalitaria" de la historia :-S
Lo que me deja más acojonado es que el gobierno este de mierda que tenemos parece creer que todos los españoles somos ricos o algo. Vamos, que mañana a uno por decirle a otro en su blog "cállate hippie de mierda" o por decirle "Vete a chuparle los huevos al Papa" te va a caer una multa de 5.000 euros... en fin. Al final, vamos a llegar al esperpento de que por opinar algo que pueda estar mal (pero simplemente opinar, sin hacer apología de violencia o terrorismo, vamos sin delinquir) te puedan meter una sanción más grande que por hurtar, por decir un delito menor cualquiera.
Es la penalización de lo público: Imponer una forma de pensar a base de sanciones. Vamos camino de ser la primera "democracia totalitaria" de la historia :-S
Xaviar- Cantidad de envíos : 6558
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Localización : Jaén/ Madrid
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