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¿Qué opina UPyD sobre esto?

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Mensaje  Vindicta Dom 10 Feb 2013, 15:03

http://www.libertaddigital.com/espana/politica/2013-02-07/la-doctrina-gordillo-avala-los-asaltos-y-amenazas-en-jornada-de-huelga-1276481649/

¿Se sabe la postura oficial del partido? (Aparte de que respeta las decisiones judiciales y blablabla)
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Mensaje  Xaviar Dom 10 Feb 2013, 19:48

Pese a ello, el TSJA señala que estos hechos "no serían constitutivos de delito" por varias razones. En primer lugar, "no puede calificarse la entrada en el Instituto como allanamiento de local" porque dicho delito exige "un dolo específico de atentar contra la intimidad de la persona [...] titular del establecimiento, lo que no sucede cuando el propósito con el que se accede de manera inconsentida al local es otra distinta, como en este caso fue la de presionar al personal del Centro para que abandonase su puesto de trabajo con motivo de la jornada de huelga".

¿¿Hola?? Según esta apreciación tan cachonda del tribunal nunca existiría el delito del 203:


Artículo 203.

1. Será castigado con las penas de prisión de seis meses a un año y multa de seis a diez meses el que entrare contra la voluntad de su titular en el domicilio de una persona jurídica pública o privada, despacho profesional u oficina, o en establecimiento mercantil o local abierto al público fuera de las horas de apertura.

2. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años, el que con violencia o intimidación entrare o se mantuviere contra la voluntad de su titular en el domicilio de una persona jurídica pública o privada, despacho profesional u oficina, o en establecimiento mercantil o local abierto al público.


Porque evidentemente, dificilmente puede uno vulnerar "la intimidad" de un establecimiento mercantil o local abierto al público (es que abierto al público e intimidad son directamente contrarios xD). Osea que ese argumento es directamente absurdo. Que me digan que la violencia o intimidación ejercida no es grave, pues oye, se puede discutir, pero el argumento que se da ahí es ridículo.

Y por último, me parece asombroso que el TSJA no haya apreciado como prueba una declaración de un agente de la Guardia Civil, que supongo iría tras una denuncia de Mercadona, si declaró lo mismo que el encargado demandante. Si se ponen en ese plan, ¿luego con qué cara podrán condenar a alguien cuando haya un atestado policial, si cuando no te interesa no aprecias la presunción de veracidad de la policía? :-S
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Mensaje  Vindicta Lun 11 Feb 2013, 01:05

Efectivamente. La sentencia al completo me parece un absoluto despropósito.

Pero además, otra cosa que he leído por los comentarios...Dice el TSJA que, como mucho, se podría considerar falta, pero que ellos no tienen competencia para juzgar faltas. Porque los órganos que la tienen, son los juzgados de instrucción ,peeeeeeero resulta que los diputados son aforados y SOLO los puede juzgar el TSJA o el SUPREMO. Ergo...

¿¿¿¿Me estan diciendo que los diputados pueden cometer faltas de manera legalmente impune???
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Mensaje  Xaviar Lun 11 Feb 2013, 20:01

No, es que eso es otro error de bulto de la Sentencia. Técnicamente, los aforados tienen un fuero respecto del enjuiciamiento de sus delitos pero NO de las faltas. En las faltas las enjuiciaría el Tribunal ordinario, osea que sí se les podría juzgar por falta en los tribunales ordinarios.

Sin embargo, la doctrina tanto del Tribunal Supremo como del Constitucional dice que en el caso de que se enjuicie a alguien por un delito que se degrade a falta en el curso del proceso, se deberá seguir tramitando el caso por la competencia determinada al inicio por el delito imputado. ¿Por qué? Pues porque los enjuiciamientos por delito tienen más garantías y son más completos y exhaustivos que los procesos por falta, así que no tendría sentido considerar que lo encausado no es válido por no corresponder el procedimiento, ya que el procedimiento aplicado es más garantista que el que correspondería aplicar por falta.

Así que, por ejemplo, si se te imputara un delito de hurto, pero en el juicio se demostrara que lo que hurtaste valía menos de 400 euros y se degradara a falta, el Tribunal, aún así, seguiría juzgándote e imponiéndote, en su caso, la falta.

No al revés (si se te imputara falta y en el juicio se viera que es delito) ya que en este caso sí habría un proceso con menos garantías que el debido (el proceso por faltas es más abreviado que el ordinario).
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Mensaje  Vindicta Mar 12 Feb 2013, 02:13

Madre mia...

¿Entonces que demonios les pasa a estos magistrados, que son unos completos incompetentes o unos completos prevaricadores?

Tu que opinas?


Última edición por Vindicta el Mar 12 Feb 2013, 16:45, editado 1 vez
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Mensaje  Xaviar Mar 12 Feb 2013, 02:28

No te sabría decir. Igual a partes iguales. Alguna intencionalidad hay en la apreciación de prueba y gravedad, pero eso en cierto modo es normal, quiero decir, todos tenemos opiniones personales... aunque a algunos se los pone en el cargo por ese sesgo y eso ya no me parece tan bien. Pero es que esto último es tan de bulto que no creo que haya sido intencional, porque es que canta demasiado y puede suponer un follón. Por lo que sé en los TSJ entran muchos magistrados por chanchulleos varios y otros simplemente por "veteranía", así que vete tú a saber si no están sin actualizarse desde hace 20 tacos... que haberlos haylos que de nueva normativa y jurisprudencia constitucional cero patatero.

Total, llevar décadas en un cargo no significa que seas mejor, a priori. Si has sido un vago todas esas décadas igual sigues no sabiendo de nada.
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Mensaje  Vindicta Mar 12 Feb 2013, 16:49

¿Los 3 magistrados van a estar desactualizados?? No lo creo.

¿Y por qué les iba a suponer un follón?....La sentencia no es recurrible, por tanto, no hay peligro alguno para estos papafritas.

Yo creo que ha sido una prevaricación de libro. Son perfectos conocedores de lo que han hecho pero se amparan en la impunidad de saber que no les pueden hacer absolutamente nada.
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Mensaje  Xaviar Mar 12 Feb 2013, 22:09


Espérate, espérate, que ya me he enterado de qué ha pasado de primera mano, que es mejor todavía. Resulta que el caso estaba aún en instrucción. Así que el Magistrado instructor, que es el que tiene competencia para investigar y demás, puede considerar inadmitida la demanda a trámite por no darse los hechos alegados y eso ha hecho, con toda la cara dura del mundo.

Y digo caradura porque manifiesta a las claras que efectivamente hay conductas dudosas, pero las considera falta por menor intensidad, y eso le corresponde hacerlo a la Sentencia. A la instrucción no le corresponde juzgar los hechos, sino determinar si hay indicios de delito, y él mismo acepta que hay hechos presuntamente constitutivos de infracción.

Lo mejor de todo es que por lo visto el tal Liaño, el Magistrado instructor, es nombrado a dedo por el 4º turno. Y no te tengo que decir quien manda en Andalucía y quien ha nombrado, por tanto, a este hombre.


Es una muy probable prevaricación (y por eso digo que puede ser un follón, no porque no sea recurrible la Sentencia, sino porque se le puede imputar un delito, que sería un proceso a parte) porque en la instrucción pasa a valorar la gravedad de los hechos (no la existencia de indicios, que los admite) cuando eso le corresponde a la Sala después de las pruebas y alegaciones de las partes.


PD: Pues que no se sienta tan seguro, que también se sentían muy seguros Garzón, Serrano y Urquía y ahora están los tres fuera de la carrera. Que no suele pasarles nada, pero oye, que le puede tocar como a alguien le dé por remover la mierda.
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Mensaje  Vindicta Miér 13 Feb 2013, 00:46

Madre mia del amor hermoso....vaya cúmulo de despropósitos.

Esto huele que apesta.

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Mensaje  Talabricense Miér 13 Feb 2013, 09:27

¿Y no es recurrible ya en absoluto? ¿Se puede presentar una demanda por prevaricación?
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Mensaje  Xaviar Miér 13 Feb 2013, 12:08

Pues sí, se puede, pero no creo que Mercadona se meta en esos berenjenales, la verdad.

Sobre el recurso, bueno, ahora va a conocer de los autos un juzgado de instrucción, a ver qué dice. Como diga en la Sentencia que considera los hechos delito verás tú qué cachondeo... :facepalm:
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Mensaje  Talabricense Miér 13 Feb 2013, 12:29

Xaviar escribió:Pues sí, se puede, pero no creo que Mercadona se meta en esos berenjenales, la verdad.

Sobre el recurso, bueno, ahora va a conocer de los autos un juzgado de instrucción, a ver qué dice. Como diga en la Sentencia que considera los hechos delito verás tú qué cachondeo... :facepalm:

Jaja, patata caliente...
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Mensaje  Vindicta Miér 13 Feb 2013, 16:28

Xaviar, no entiendo.

¿Por qué va a conocer el juzgado de instrucción si los aforados no pueden ser juzgados por ellos?
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Mensaje  Talabricense Miér 13 Feb 2013, 16:34

Vindicta escribió:Xaviar, no entiendo.

¿Por qué va a conocer el juzgado de instrucción si los aforados no pueden ser juzgados por ellos?

Supongo que si ven que los hechos en cuestión son constitutivos de delito, no de falta, entonces tienen que pasar a otra jurisdicción como aforados. Es decir, que le devuelven la pelota al TSJA. A mi novio le suspendieron esta misma semana un juicio de faltas (iba como abogado, no como acusado Razz ) porque al inicio de la vista la abogada de la otra parte presentó una factura de 450 € relacionada con los hechos, y entonces ya no se podía juzgar como falta, puesto que superaba 400 € (creo que ese es el límite...)
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Mensaje  Vindicta Miér 13 Feb 2013, 16:45

Pero es que los juzgados de instrucción no pueden conocer causas sobre aforados en ningún caso, ni por delito ni por faltas ni por recursos ni por nada, por eso no entiendo cómo pueden "conocer" la causa cuando se trata de una aforado.

Sigo sin entenderlo.
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Mensaje  Xaviar Miér 13 Feb 2013, 16:50

Vindicta escribió:Xaviar, no entiendo.

¿Por qué va a conocer el juzgado de instrucción si los aforados no pueden ser juzgados por ellos?

Te lo he dicho antes... porque el aforamiento de los diputados andaluces es para delitos, no para faltas. Si le imputan una falta sí puede conocer el juzgado de primera instancia.
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Mensaje  Vindicta Jue 14 Feb 2013, 15:38

Ahhh, vale, vale, perdona, lo había interpretado mal.

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Mensaje  Vindicta Sáb 16 Feb 2013, 16:31

Xaviar, parece que el TSJA te ha escuchado y se ha acojonao :rotobirra:

http://www.lexdiario.es/tribunales/188919/el-tsj-de-andalucia-aclara-que-su-auto-sobre-sanchez-gordillo-no-se-refiere-a-los-incidentes-en-un-s
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